El Ente Operador Regional (EOR), de conformidad con lo establecido en el numeral 1.5.3.2 literal i), inciso iii) del Libro I del RMER, ha revisado y validado los análisis de seguridad operativa correspondientes, en atención a la solicitud del OS/OM de El Salvador, en donde modifican su capacidad de exportación.
Documentos:
1) 064-GOS-OSOM
2) 064-Anexo I